top of page

Justicia prohíbe el uso de la camiseta de la Selección Colombia en la campaña de Abelardo de la Espriella

  • Foto del escritor: José Velásquez
    José Velásquez
  • hace 1 día
  • 2 min de lectura

La medida provisional del Juzgado Juzgado 120 Penal Municipal de Bogotá frena el uso del símbolo deportivo en la publicidad del candidato presidencial de cara a la segunda vuelta electoral.


Familia sonriente de tres en camisetas amarillas de fútbol, posando al aire libre entre árboles.


El Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá ordenó de manera provisional al candidato presidencial Abelardo de la Espriella y a su partido político, Defensores de la Patria, suspender de forma inmediata el uso y exhibición de la camiseta oficial, colores o emblemas de la Selección Colombia en todos sus actos públicos, piezas publicitarias y plataformas digitales.


La decisión, firmada por la jueza Aura Luz Forero González, responde a una acción de tutela interpuesta por el ciudadano Wilman Ramiro Bocanegra. El accionante argumentó que la apropiación de este distintivo deportivo genera un desequilibrio en la contienda, vulnerando los derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y el derecho a elegir y ser elegido frente al candidato rival, Iván Cepeda. La providencia advierte que el mandato es de inmediato cumplimiento y su desacato acarreará sanciones legales.


El fallo abrió un intenso debate en la comunidad jurídica colombiana respecto al alcance de los derechos de marca y los límites en el ejercicio de la propaganda política.


El abogado experto en propiedad industrial y exfuncionario de la Superintendencia de Industria y Comercio, Luis Fernando Patrón Fuentes, señaló en un análisis académico que la indumentaria oficial forma parte de un robusto portafolio de activos intangibles gestionados por la Federación Colombiana de Fútbol (FCF).


Patrón Fuentes explica que la función de una marca es identificar el origen empresarial de productos en el mercado. Para configurar una infracción marcaria sólida, normalmente se debe demostrar un uso dentro del tráfico económico con fines de lucro o confusión comercial.


El experto añade que, si bien una campaña política busca beneficiarse del "fuerte componente emocional y simbólico de la Selección (unión nacional, orgullo patrio)", este usufructo de valores colectivos no equivale automáticamente a una infracción marcaria tradicional, por lo que el terreno constitucional de la tutela resulta determinante.


Otros juristas consultados coinciden en que el núcleo de la decisión judicial no radica en la propiedad comercial de la prenda, sino en los principios de equidad y neutralidad del proceso democrático.A


Al asociar de forma exclusiva un símbolo que genera identidad colectiva e institucional con una sola de las vertientes políticas en contienda, se rompe el principio de neutralidad de los símbolos de cohesión nacional.


Esto se alinea con el pronunciamiento oficial de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF), entidad que ratificó la prohibición del uso no autorizado de sus insignias en "propaganda política o material proselitista", buscando proteger la imagen del equipo nacional de la polarización partidista.


El equipo jurídico de Abelardo de la Espriella confirmó que ya solicitó la revocatoria de la medida provisional a través de las vías institucionales correspondientes. Pese a acatar formalmente el retiro de la prenda de los canales oficiales de campaña, el candidato instó a la ciudadanía a seguir portando el color amarillo, manifestando que "nadie puede prohibirles a los colombianos sentir orgullo por su Selección".


El juzgado ya vinculó formalmente al Consejo Nacional Electoral (CNE) y a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) para que rindan sus respectivos informes antes de proferir un fallo de fondo sobre la acción constitucional.




Banner publicitario Barbiros_edited.jpg

Nuestras redes sociales:

logo  whastapp
logo facebook
logo canal X
  • Instagram
Logo Vanguardia Digital

Contáctanos:

correo gmail

©2025 Vanguardia Digital

bottom of page